El Ministerio de Transporte ha emitido la Circular Externa No. 20254000000157, en fecha 10 de abril de 2025, como respuesta a la actual emergencia sanitaria provocada por un brote de fiebre amarilla que afecta al departamento del Tolima. Este documento establece medidas transitorias dirigidas a empresas de transporte terrestre y fluvial, así como a terminales y autoridades locales, con el objetivo de mitigar los riesgos asociados al contagio de esta enfermedad. Las acciones adoptadas surgen como complemento a la Circular Externa No. 005 del 18 de febrero de 2025 del Ministerio de Salud y Protección Social, quien ya había declarado la emergencia sanitaria en la región.
Las disposiciones contenidas en la circular están diseñadas para resguardar la salud de los usuarios del servicio público de transporte que se movilizan hacia el Tolima, en particular a aquellos que viajan a los municipios ubicados en el sur y oriente del departamento. A partir de ahora, todos los pasajeros que deseen ingresar a esta zona deberán presentar el certificado de vacunación contra la fiebre amarilla, el cual debe haber sido administrado al menos diez días antes del viaje. Esta medida afecta tanto al transporte terrestre como al fluvial, aumentando así las barreras de seguridad para prevenir el contagio.
En otro frente, el documento también establece que las empresas de transporte tienen la obligación de hacer paradas obligatorias en los puntos de control sanitario que serán dispuestos por las autoridades de salud. Esta medida busca asegurar que conductores y pasajeros respeten los protocolos de salud establecidos. Además, se enfatiza la importancia de permitir el acceso a estos puntos por parte de la fuerza pública y del personal sanitario autorizado, garantizando que se mantengan los estándares de seguridad y salud durante el traslado.
Para informar adecuadamente a los pasajeros, se ha dispuesto que las empresas de transporte deben publicar avisos informativos en taquillas y terminales sobre los riesgos y síntomas asociados a la fiebre amarilla. Esta información irá dirigida especialmente a aquellos que se dirigen a las zonas más vulnerables del departamento. Asimismo, en el caso del transporte fluvial, se exigirá a todos los pasajeros mostrar el certificado de vacunación antes de embarcarse; aquellos que no lo posean deberán firmar un desistimiento indicando que han sido advertidos sobre los riesgos.
El Ministerio de Transporte también ha hecho un llamado a las autoridades municipales de tránsito, secretarías de transporte, inspecciones fluviales y terminales para que colaboren activamente en la implementación de estas nuevas normas. Se busca no sólo el cumplimiento estricto de las medidas, sino también el fortalecimiento de campañas informativas dirigidas a los usuarios y la adopción de acciones adicionales para proteger la salud pública. La vigencia de estas medidas será transitoria, condicionada a la duración de la emergencia sanitaria en Tolima, reafirmando así el compromiso del gobierno por la protección de los ciudadanos, conforme a lo establecido en la Ley 336 de 1996 sobre el sistema nacional de transporte.